Anticristo: El Antiproyecto
La Columna del Anticristo
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El Antiproyecto
Por el Anticristo (noviembre 2004)
Esta es la sexta columna dedicada al análisis de una moción legislativa que desea establecer un marco regulatorio a las actividades de montaña.
Las cuatro primeras ("Perdiendo el Control", "Frágil Memoria", "Aquellas Tardes Felices", "Diálogo de Sordos") desarrollaron in extenso ideas cuyas conclusiones son aquí mencionadas, mientras que la quinta se abocó a la discusión específica de los fundamentos del proyecto ("El Polémico Séptimo Considerando").
A quienes deseen profundizar en el debate, también les recomendaría consultar el texto de la iniciativa (Boletín 3188) y revisar otras deducciones que aparecieron en el pasado en los artículos del Anticristo (por ejemplo, "Los Expertos de Siempre").
A pesar que era mi intención terminar hoy, este no es el último capítulo de la serie, dado que hubiera quedado demasiado largo. Ni yo aguantaría leer 18 páginas de mí mismo.
Por eso, hoy veré la primera parte de las disposiciones y, en el siguiente capítulo, lo que queda del documento, más algunas reflexiones finales.
Estoy consciente que todo esto puede parecer una discusión árida y aburrida. Lo sé. Pero insisto en que esta batalla debe ser librada en todos los frentes, de los cuales, el de las ideas es el primero y más importante.
La contienda es desigual, pero ánimo y valor.
Resumiendo
Los considerandos analizados en la columna anterior (El Polémico Séptimo Considerando) eran siete. Estuve de acuerdo con algunos de ellos; en otros, imposible. Dentro de éstos, el último fue el peor; una amalgama de inexactitudes, ignorancia y desinformación. Algunas de las razones de tal discrepancia fueron:
  • en ninguna parte se incluía la noción que el montañismo es intrínsecamente riesgoso (importante, porque establece límites a las sobrerreacciones cuando ocurren desgracias).
  • desconocía lo que realmente es la "seguridad" en nuestra disciplina (que lo llevó a usar frases como "...permita hacerlo en condiciones de seguridad para los deportistas").
  • asumía erróneamente que el afán regulatorio era indispensable para evitar los accidentes (cuando en realidad éstos son parte del juego y de ocurrencia estadística).
  • informaba de existencia de regulación estatal exitosa en otras actividades similares (discutible e inaplicable al montañismo).
  • era peligrosamente confuso en su redacción (incluso en una parte se dice que "...la actividad tiene como límite natural la integridad psíquica de los cultores...").
A propósito. Aprovecho de manifestar mi extrañeza por la mala redacción del documento. Contiene varios torpes errores de puntuación y estilo que me generaron molestia. Es un documento que se origina en el seno de un poder del Estado. Estar bien escrito es un deber; no una opción.
Ahora terminemos de deglutir el pastel.
Preludio
Terminados los considerandos, aparece la primera propuesta concreta:
"...crear dos instancias administrativas, de carácter mixto, público ‑ privado, una Comisión Nacional Permanente de Seguridad de la Vida Humana en las Zonas de Montaña y Comités Provinciales de Seguridad de las Actividades Humanas en las Montañas".
La estructura organizativa por sí sola no es relevante. Su análisis no puede separarse de las discusiones respecto a quienes la van a conformar y con qué atribuciones. Por eso, así, tal como se plantea, la creación de estos comités no me parece mal.
Sigue el documento:
"...las cuales, velarán por generar ordenamientos de estas actividades acordes a los principios de protección de la vida en la montaña y de promoción de la práctica de estos deportes y en general de otras actividades en zonas de montaña"
Las frases decorativas sólo generan ruido. Usar sentencias como "principios de protección de la vida en la montaña" están de más. Si lo que se desea es describir la intención fundamental de las comisiones, entonces mejor dejarlo así:
"... las cuales velarán por generar ordenamientos de estas actividades y otras en zonas de montaña".
Los 11 de la Fama
Determinada la estructura y su objetivo primario, ahora, en el artículo A, se especifica quienes participarán:
"...presidido por el Subsecretario del Interior.
Formarán parte de él además:
a)El Director Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia.
b)Un representante del Ejército de Chile.
c)Un representante de la Fuerza Aérea de Chile.
d)Un representante de Carabineros de Chile
e)Un representante del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.
f)Un profesional representante del Ministro de Salud especializado en salud de altura.
g)Dos representantes de las Asociaciones Deportivas de Montaña
h)Dos académicos universitarios designados por el Consejo de Rectores especializados en geografía, glaciología, geología u otras disciplina afín."

Sólo faltaron las Damas de Rojo. Y la Teletón. También sería un insulto no tener representada a la mujer chilena, la cual por ley, debería ser una ex- Miss Chile no mayor de 30 años que estaría obligada a ir a las sesiones en bikini.
¿Les parece broma?
¿Y qué esperan que haga frente a tanto disparate? Si 9 de los miembros propuestos son tan incultos en materia de montañismo cómo los anteriores. ¿Qué tiene que decir un representante de la Fuerza Aérea con respecto a la certificación UIAA? ¿O cuál es el aporte del miembro elegido por el MOP cuando se vea el impacto que tendrá la escalada deportiva en los Parques Nacionales?
El hecho que aparentemente compartamos un espacio común con gran parte de los indicados (gente que patrulla fronteras, estudia glaciares o construye caminos), no los hace ni conocedores del alpinismo (Los Expertos de Siempre) ni tampoco elementos representativos (personas que, aún cuando no lo practiquen, tengan relación formal con el ambiente).
Estos individuos no me caen mal, o no estoy insinuando que sean malas personas. No. Sencillamente es que, acorde con su estatus de "ignorantes", tratarán de regular el montañismo aplicando soluciones que vienen de una forma de pensar errónea (Perdiendo el Control).
Imaginemos una sesión en la que se va a tratar un tema polémico. Al calor del debate, los que sí saben (en teoría, los dos representantes de las asociaciones) deberán sudar duro para intentar explicar y convencer a sus contratapartes de qué es razonable pedir y qué no. A menos que fueran muy, pero muy convincentes, dada la proporción existente, es inevitable que al final prevalezcan las visiones de los no-expertos.
Por ejemplo, los tres miembros uniformados podrían proponer que nadie pueda subir un cerro limítrofe sin autorización expresa de DIFROL (hoy ya es así para los extranjeros, lo cual, dicho sea de paso, es una estupidez burocrática). Bastaría que se sumaran a ellos los representantes del Gobierno (MOP, Salud y ONEMI) para que fuese aprobado.
No. Inaceptable.
Relación Estructura-Poder
Pero, si se desea dejar la conformación del comité tal como está, entonces no queda más remedio que abocarse a limitar sus atribuciones, de manera que sólo puedan actuar en áreas adecuadas. Para evitar abusos.
Por ejemplo. Si de repente se exigiera que todas las expediciones comerciales al Ojos del Salado contasen con botellas de oxígeno, el representante del Ministerio de Salud estaría en inmejorable posición para especificar cuáles son los modelos apropiados y cuáles no, decisión que Carabineros se encargaría de fiscalizar.
Lo que no es presentable es que tal profesional tenga voto para aprobar una hipotética moción que obligara, a partir del próximo año, a que todas las cordadas que intenten cerros altos también estén obligadas a llevar oxígeno (parece una exageración, pero les aseguro que varios médicos que conozco tienen este tipo de opiniones).
Repito. Si se propone tener un panel lo más heterogéneo posible (pero no experto), en tal caso la ley debe darle poder limitado para no caer en excesos. O bien, si lo importante de la ley son las funciones del comité (y no su estructura), entonces quienes participan en ella deben ser expertos (o sus representantes).
¿Me entienden? Una de dos. Si la comisión es ni chichá ni limoná, ergo, funciones limitadas; si es experto, entonces mayor poder.
Lo que es inaceptable es una mezcla: tener un consejo híbrido con todas las atribuciones posibles.
¿A qué no adivinan en qué categoría cae este proyecto?
Exacto. Es como darle un cañón láser a mi sobrina.
El Poder de Greiskol
Estábamos revisando el articulado de la iniciativa. Todo lo anteriormente dicho se refería al "A". El siguiente, se aboca a describir las funciones a las cuales recién hacía referencia.
Inciso primero:
"Proponer y supervigilar la ejecución de una Política Nacional de Seguridad de la Vida Humana en las zonas de montaña del país."
Lo ya comentado. Como quienes la conforman no son los indicados, me opongo, aunque si eliminan la palabra "proponer", quedaría bien, porque así, por ejemplo, un panel de verdaderos expertos podría diseñar los protocolos de rescate, traspasándole a este comité sólo la tarea de velar por su cumplimiento. De esta manera, por ejemplo, el Cuerpo de Socorro Andino y Carabineros estarían obligados por ley a coordinarse y, ante cualquier discrepancia, la comisión los llamaría al orden.
Inciso segundo:
"Diseñar y monitorear el desempeño de un sistema nacional de protección civil y rescate en las zonas montañosas, destinado a asegurar la vida y seguridad de las comunidades asentadas permanente en ellas o de quienes circulan o se asienten temporalmente en ellas."
Lo mismo que antes. Si la composición del comité no cambia, entonces el "diseño" de este sistema debe quedar en manos de otra instancia. También eliminaría la oración que empieza con "destinado a asegurar...", por su nulo aporte. Me parece mejor expresarlo así:
"Monitorear el desempeño de un sistema nacional de protección civil y rescate en las zonas montañosas."
Vamos al tercero:
"Aprobar normas de aplicación general sobre seguridad mínima para la práctica de deportes de montaña."
Siendo bien meticuloso, sólo dice "Aprobar"; no "Diseñar". Si es así, ningún problema. Pero, si fue por descuido que el legislador olvidó colocar tal cuña, entonces por ningún motivo cuenta con mi aprobación.
Además hay que eliminar la palabra "mínima". Ya se argumentó que una de las características centrales del montañismo es tratar de hacer más con menos, faceta que anula cualquier intento por establecer ciertas mínimas seguridades (El Polémico Séptimo Considerando).
El cuarto:
"Supervigilar y acreditar a las instituciones encargadas de formar instructores o guías de montaña y dictar normas de aplicación general sobre requisitos de idoneidad que deben cumplir los organismos públicos y privados capacitadores o certificadores."
La misma vaina. Supervigilar sí, acreditar no. Y eso de "dictar normas de aplicación general" es demasiado vago. Entiendo el punto: tratar que quienes capaciten y certifiquen sean "buenos". Pero así como está, es darle un cheque en blanco a este grupo de personas.
¿Qué pasaría, por ejemplo, si el panel decide que para hacer cursos de montañismo, quien lo dicta, ya sea una institución o persona natural, no puede tener ningún juicio pendiente por negligencia?
Puede ocurrir. Un escalador muere y la familia demanda a quienes le enseñaron. Si la anterior medida existiera, tal situación le impediría a un hipotético instructor trabajar por un largo, largo tiempo. No porque fuese culpable, ¡sino porque fue acusado!
No. Hay que ser más específico acerca de estos "requisitos de idoneidad".
El quinto y último inciso:
"Promover la práctica de actividades recreacionales y de deportes de montañas y la explotación turística segura de los recursos de montaña del país."
Linda declaración de intereses. ¿Cómo estar en contra de tal idea? Si todos queremos lo mismo. Pero fíjense bien, hay una galletita: "...explotación turística SEGURA..."
Lo ya dicho: el concepto de seguridad es diferente en estas actividades; lo que el legislador pretende es algo que los alpinistas no pueden cumplir. Por eso es mejor dejarlo simplemente como "explotación turística".
Hemos terminado con la descripción de funciones. Si se llega a implementar así, tal cómo se propone, será un desastre.
No es lo Mismo pero es Igual
Explicada la Comisión Nacional, ahora, en el artículo "C", se detalla la conformación de los comités provinciales:
"...será presidido por el Gobernador Provincial respectivo y en el participará además:
a)El Director de la Oficina Regional de Emergencia.
b)Un representante del Ejército de la especialidad de Alta Montaña.
c)Un representante de la Fuerza Aérea de Chile.
d)En representante de Carabineros de Chile, especializado en rescates y/o Alta Montaña
e)Un médico en representación del servicio de salud correspondiente.
f)Un representante de las organizaciones deportivas con personalidad jurídica dedicadas a los deportes de montaña."

La discusión es análoga a la anterior y no la voy a repetir. El mismo patrón, los mismos errores.
La única duda que tengo es por qué sólo aquí se exige que el representante del Ejército y de Carabineros estén "especializados" en Alta Montaña, siendo que para el Comité Nacional no se colocaba tales requisitos.
Los Carneses
Estructurado los comités provinciales, el documento dedica el artículo "D" a explicar sus funciones:
"...en base a estudios técnicos deberán establecer áreas de seguridad para la práctica de deportes de montaña, de conformidad a los niveles de riesgo que importe la presencia humana en ellas."
Aquí hay un grosero error, porque se habla de algo que no existe y que no se explica en ninguna parte. ¿Áreas de seguridad? ¿Qué es eso? ¿De dónde salió? ¿Cómo se define? No se puede dar poder para establecer algo que no se sabe que es.
Y vuelve a insistir con "niveles de riesgo". Otra vez, una vez más, están hablando como si fuera un partido de fútbol, buscando soluciones tradicionales para cosas que ocurren en ambientes salvajes (Perdiendo el Control).
Sigamos:
"Se podrá exigir que para acceder a determinadas áreas calificadas como de alto riesgo, que previamente se acredite por parte de los deportistas el poseer capacidades técnicas y experiencia en la práctica de su disciplina deportiva, o la disponibilidad de medios materiales, equipamiento y de sistemas apoyo logístico adecuado."
No hay ninguna manera estructurada de acreditar lo que se pide. Propuestas hay, pero ninguna de ellas funciona.
Por ejemplo, las soluciones que pasan por la posesión de algún tipo de documento (un "carné" que revele experiencia o capacitación). Pero no resulta, porque la mayor parte de los que practican montañismo son personas naturales. La pertenencia a un club, y/o a una federación acreditadora, es opcional.
En el extranjero, especialmente en las naciones donde la disciplina alcanza sus mayores niveles de desarrollo, es más acentuada esta situación. Tales agrupaciones son vistas más como una manera de acceder a beneficios (seguros, descuentos, cursos) que a un intento de formalizar la disciplina.
Y si, a pesar de estos antecedentes, aún así se dicta una ley que obligue a federarse... tampoco funcionaría.
Porque, como basta con adentrarse a caminar en cualquier valle para hacer algo que cae bajo esta ley, habría que obligar a varios millones de chilenos a "certificarse". Porque olvida que hay gente que vive en estas áreas, a los cuales es absurdo hacerle esta exigencia. Porque la mayoría de los ascensos se hacen en lugares solitarios, lejos de cualquier fiscalización. Porque además dejaría en el aire la situación de los turistas extranjeros: si no se les pide algún documento, se estaría discriminando a los nacionales; y si se les exige, entonces solamente una fracción mínima de los montañistas de otros países querrían venir, yéndose el resto a escalar a Perú, Bolivia y Argentina (qué estarían felices).
¿Y obligar al cumplimiento de una lista estándar de equipo?
Tampoco serviría, porque (y repito en tono de fastidio) en montañismo se trata de hacer más con menos. Asimismo habría que tener una lista para cada ruta existente, la cual además debería subdividirse por época del año.
No. Muy engorroso.
Sentido Común
Descartadas las opciones de identificaciones o listas de equipo como una manera de "acreditar", la única alternativa que va quedando es utilizar una forma no-estructurada para evaluar si alguien está en condiciones de intentar su desafío: el criterio.
Sí. De quienes controlan el acceso (habitualmente un carabinero o un guardaparque).
Esto último es una aspiración de la autoridad tan clásica como inepta. La madre de todos los ejemplos, repetida hasta el cansancio por lo absurdo de la situación, ocurrió cuando CONAF hizo devolverse a Waldo Farías en la mitad de la subida al volcán Villarrica porque iba sin guía, ¡siendo que acababa de ascender el K2!
En realidad, el problema ni siquiera da para preguntarse si estos guardaparques o carabineros tendrían criterio o no. Es simplemente que la ley les ordenaría hacer algo que no están en condiciones de cumplir. El hecho que estén más cercas de las montañas, o que vivan al pie de una pared, no los convierte por osmosis en montañistas o escaladores.
Tampoco es algo que se pueda corregir con el tiempo, destinando más recursos o capacitando a estos individuos. El alpinismo es lo suficientemente variado, dinámico y anónimo como para dejar atrás rápidamente a quienes no estén en el ambiente. Además que toma muchos años llegar a entender completamente la filosofía que la impregna.
Sencillamente, los gatekeepers no dan la talla.
Coludirse Naturalmente
El párrafo termina con una idea de antología:
"Asimismo, se podrá imponer la presencia en la expedición de guías de montaña o monitores expertos, inscritos en un registro oficial que se confeccionará al efecto."
Esto es absurdo. En primer lugar, no parece saber que la planificación de cada salida se cierra antes de llegar al lugar. La gente lleva su equipo y comida calculada sólo para los que van a participar. Agregarle una persona adicional, de súbito, justo antes de entrar al área, les plantearía severos problemas logísticos que, incluso, pueden llegar a comprometer el nivel de riesgo que originalmente querían afrontar (por ejemplo, si ya eran cuatro y tenían una sola cuerda para cruzar el glaciar; ¡con un monitor serían cinco!)
Además, ¿quien le va a pagar? ¿El mismo grupo?
Super transparente el sistema. Cada entrada a estas áreas será un potencial punto de corrupción, dado que es muy fácil que quien controle el acceso se coluda naturalmente con los guías locales.
Cuánto Vale el Show
La última propuesta del mismo inciso no es más afortunada:
"Finalmente, hemos propuesto, una serie de normas, nuevas, que establecen por ejemplo las obligaciones de comunicar las salidas de las expediciones..."
¿Cómo vas a obligar a alguien a que se reporte? ¿Carabineros andará patrullando y exigiendo un código de "aviso de salida" a toda persona que se adentre en un valle cordillerano? ¿Y qué hay de la tasa de fallo? (aquellos que no avisan que regresaron). ¿Multas?
Y lo que sigue es un digno corolario:
"... hemos regulado de forma novedosa el establecimiento de seguros por daños personales, seguros de viaje y seguros de rescate y evacuación para lo practicantes de estas actividades, lo que se hace indispensable, si se consideran los altos costos que involucran para las instituciones públicas y privados, esas acciones."
Parto advirtiendo que "alto costo" es un concepto relativo.
Si Carabineros gastó 3 millones de pesos en un vuelo de rescate, al mirar esa cifra por sí sola lo único que se puede afirmar es que es harto dinero. Pero de ahí a decir que es un alto costo, o caro, o barato, o un despilfarro, depende de otras consideraciones que deben ser cuantificadas antes de ponernos a discutir.
Es decir, necesitamos generar estadísticas que respondan a preguntas como: ¿cuánta gente practica montañismo?, ¿cuál es la tasa de accidentabilidad?, ¿cuánto cuesta evacuar a un herido?, ¿a un excursionista?, ¿a una víctima de un accidente carretero? ¿Cuánto le cuesta a Chile financiar las campañas de los partidos políticos?
No me malinterpreten. Quizás efectivamente el documento esté en lo correcto, pero no podemos ASUMIR a priori que el costo en que incurren las instituciones públicas es inadecuado sólo viendo un par de facturas.
Esto ya Lo dije antes. La generación de estadísticas es una condición necesaria para generar un marco regulatorio que sea visto como legítimo por quienes son afectados (Diálogo de Sordos).
Sí, Seguro
Dicho eso, ahora sí vamos al fondo del asunto. El párrafo decía que:
 "... hemos regulado de forma novedosa el establecimiento de seguros por daños personales, seguros de viaje y seguros de rescate..."
¿Sí? ¿Y donde están esas regulaciones? ¿Dónde puedo leerlas? ¿Por qué no están aquí?
Así como se presenta la idea, da la impresión que sus autores encontraron una fórmula "nueva", casi "mágica", que permite, entre otras cosas, solucionar el más rebelde de estos problemas: los seguros de rescate.
Pero lo dudo. Todo lo que he aprendido en los últimos años me hace decir que éstos sólo son alternativas reales cuando existe un suficiente número de practicantes. En castellano simple, cuando existe mercado.
No porque una ley diga que sabe cómo regular el establecimiento de seguros de rescate, hará qué éstos aparezcan. Normalmente es al revés; el mercado descubre y explota un área de la economía y luego llegan los legisladores para regular los excesos.
En Chile simplemente no hay masa crítica para hacer viable el negocio de los seguros de rescate. Estos sencillamente no existen. Y si los compráramos en el extranjero, nos saldrían carísimos (para dos meses en Asia Central son 800 dólares; para Antártica, ¡hasta por 20.000!) y de difícil acceso para el común de los mortales (normalmente hay que tener la ciudadanía del país en cuestión).
Hay otro problema.
Si se obliga a la compra de seguros de rescate, en tal caso quien se accidente tendrá todo el derecho del mundo a exigir ser rescatado por un equipo profesional. Porque ya no le están haciendo un favor; está pagando por ello. Y en Chile no hay grupos así.
El GOPE no lo es; tampoco el SAR. Y el performance del Cuerpo de Socorro Andino es tan variable en el tiempo que no se puede meter las manos al fuego por ellos. Organizar uno nuevo es posible, incluso "fácil". El problema es que se requiere dinero. Y mucho.
No sólo porque habría que pagar a sus miembros un sueldo tal que les permita dedicarse a tiempo completo, sino que también habría que contar con un presupuesto anual que incluyera capacitación, viajes, equipo, seguros, becas, sedes y otros. Y a no olvidar que se requieren en al menos tres zonas del país: norte, centro y sur.
Mejor no hacerlo. La tasa de accidentabilidad es tan baja que no se justifica. Por eso, la ausencia de equipos profesionales de rescate en Chile parece ser más un ajuste natural de la situación que una negligencia.
Siendo bien honesto, considero que todo el artículo "D" es basura. Totalmente equivocado. No se le extrañaría si se le borrara completo.
To Be Continued
Basta. Por Dios, basta.
En la próxima columna el final de esta larga teleserie.